Elevan a juicio un caso de mobbing en Córdoba efectuado por un supervisor hacia una mujer que prestaba servicios en un call center. Que a pesar de no estar tipificado en el Código Penal la figura de “mobbing”, se lo ha calificado por “lesiones gravísimas producidas por placer”.
El fiscal que lleva la causa manifestó que se comprobó que todas las personas que trabajan en ese lugar afirmaron el trato perverso del imputado hacia sus dependientes. Asimismo, expresó que a la víctima se le determinaron incapacidades laborales.
Por otra parte, el abogado del acusado, negó la acusación de su defendido e insistió que existe un vació legal en la legislación argentina.
Fuente: Cadena 3

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