Se le otorgó la adopción plena de un niño a una pareja de convivientes, la acción fue instada sólo por la mujer, luego fue readecuada y ampliada para ella y su pareja. La jueza explicó que en la audiencia fijada fueron los hijos de ellos; quienes fueron escuchados e informados acerca de la adopción pretendida por sus padres y prestaron su consentimiento.
La resolución destaca que, en este caso, no existen dudas acerca de que el niño “es querido y cuidado por los pretensos adoptantes, que recibe y ocupa el lugar de hijo, comprendiendo ello su protección integral y la máxima satisfacción de los derechos reconocidos por la normativa nacional e internacional para la protección integral de niñas, niños y adolescentes”.

Causa: “C., M. F – C., E. D. J. – Adopción plena”.