La Justicia del Trabajo consideró que existe relación de dependencia entre una empresa de transporte y el conductor de una camioneta que le hacía fletes al establecimiento, a pesar de que el fletero estaba registrado como trabajador autónomo y tenía el vehículo a su nombre.
Los jueces recordaron que existe “una línea de demarcación” entre el trabajo autónomo y el trabajo dependiente, y “ella se encuentra en la relación entre la fuerza de trabajo y quien dirige y organiza los medios personales, materiales e inmateriales”. Agregan además que, si los clientes son de la empresa, el servicio era prestado por el fletero a la empresa”

Autos: Canosa, Miguel Ángel c/ Transporte Spacapan SACIFIA y otros s/ Despido

Fuente: Diario Judicial.